miércoles, 25 de junio de 2014

                                                           COLEGIOT.H.E QUITO
NOMBRE:  Carolina Chicaiza
CURSO: 1ro"D"
DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION
Todos somos libres para expresar lo que pensamos acerca de la sociedad somos libres de expresar lo que sentimos a traves de la musica del arte etc.
RESPONSABILIDAD
Todos somos responsables de expresar lo que sentimos y pensamos sobre lo que ocurre a nuestro alrededor.

miércoles, 18 de junio de 2014

                                                      
                                               COLEGIO TECNICO HUMANISTICO QUITO

 NOMBRE: Betty Criollo
 CURSO: 1º "D"
 FECHA: 17-06-2014

  ○DERECHO A LA PROTECCON DEL SALARIO

 El salario como derecho dle trabajador goza de protección legal para evitar que el empleador o terceros ejerzan derechos abusivos que lo perjudiquen en virtud de la situación de indefensión del trabajador que necesita del salario para satisfacer sus propias necesidades y las de su familia.
La propia Constitución de la Nación Argentina, garantiza un salario mínimo vital y móvil, pudiéndose convenir salarios superiores. Los adelantos de sueldos son posibles hasta en un monto del 50 % del período de pago, salvo casos de extrema necesidad que exijan superar ese monto (art. 130 LCT). El principio general, salvo excepciones es el de prohibir las retenciones, deducciones y compensaciones (art. 131).

Se prohíbe discriminar salarialmente a los trabajadores, por sexo, edad, religión, nacionalidad, etcétera (art. 17 LCT). Esto se corresponde con el derecho constitucional consagrado en el artículo 14 bis de igual remuneración por idéntica tarea.
Para evitar tentaciones nocivas, la ley de Contrato de Trabajo argentina, prohíbe en su artículo 129, que se vendan en el lugar del pago del salario, bebidas alcohólicas o mercaderías, exceptuando que la venta de los mismos sean parte del negocio.





colegio tecnico humanistico quito
nombre: candelejo nathaly
curso:primero d
 Derecho a la igualdad
En ese contexto, el principio de igualdad quedo subsumido dentro del principio de legalidad
a aquellos a quienes la ley considera como tales y diferentes a aquellos otros a quienes ella misma diferenciara.

En ese sentido se consideraba que la ley era igual para todos, porque esta reunía las características de universalidad y generalidad.

En razón de la primera se determinaba normativamente el conjunto de ideas o conceptos esenciales referidos a una específica forma de relación jurídica, lo que le daba a dichos tipos de ligazón una naturaleza o carácter común.
obligaciones:
La igualdad de derechos del hombre y la mujer al disfrute de todos los derechos humanos es uno de los principios fundamentales reconocidos por el derecho internacional.
COLEGIO TÉCNICO HUMANÍSTICO "QUITO"

Nombre: Katty Orozco
Curso:     Primero B.G.U
Paralelo:      D
Fecha:    18 - JUNIO - 2014

DERECHO A LA PAZ

Es un derecho que corresponde a toda la humanidad, y que surgió como consecuencia de los hechos ocurridos durante la Segunda Guerra Mundial, , que determinó la existencia de la llamada Guerra Fría, que involucró a dos grandes potencias, la comunista URSS y la capitalista Estados Unidos en una carrera armamentista que ponía a todo el planeta en una situación riesgosa del estallido de una guerra nuclear. 

El físico Albert Einstein fue uno de los participantes en la fabricación de la bomba atómica junto con otros científicos, lo hizo convencido de que era el único medio para terminar con los horrores de la Segunda Guerra Mundial.
Sin embargo después de ver el efecto que produjo dedicó el resto de su vida a advertir sobre los peligros de las armas nucleares.
Se le atribuye la siguiente frase.
"No sé con que armas se librará la Tercera Guerra Mundial, pero en la Cuarta Guerra Mundial usarán palos y piedras".






COLEGIO TÉCNICO HUMANÍSTICO ``QUITO``

Nombre:LESLEY BRIONES
Curso: 1º de Bachillerato D
Fecha:13-06-2014
Tema: DERECHO  A LA HUELGA
 
DERECHO A LA HUELGA


 DERECHO

Este derecho, como todo otro, no es absoluto, y es suceptible de razonable reglamentación que no altere su espíritu (conf. art. 14 y 28 de la Constitución Nacional). Sin embargo, esta premisa aparece sistemáticamente vulnerada en la materia.
RESPONSABILIDAD
 La portavoz del Govern balear, Joana Barceló, ha pedido a los controladores aéreos que, «por responsabilidad» dada la mala situación económica, no convoquen finalmente la huelga e intenten negociar con el Gobierno una salida pactada.

La reclamación de responsabilidad civil por daños y perjuicios derivados de la huelga es un terreno poco explorado por el legislador español y los agentes sociales. El temor de los sindicatos a que dicha acción pudiera ser utilizada como vía de represión del ejercicio del derecho de huelga, así como las dificultades de índole técnica y práctica que comporta la extrapolación de las normas generales de Derecho civil sobre responsabilidad contractual y aquiliana al ámbito de los conflictos colectivos de trabajo, han llevado al desuso de la acción resarcitoria, y a la consiguiente escasez de doctrina judicial en la materia. - See more at: http://www.tirant.com/editorial/libro/responsabilidad-civil-por-danos-ocasionados-durante-la-huelga-francisca-ferrando-garcia-9788484423454#sthash.vYcIfxLb.dpuf
La reclamación de responsabilidad civil por daños y perjuicios derivados de la huelga es un terreno poco explorado por el legislador español y los agentes sociales. El temor de los sindicatos a que dicha acción pudiera ser utilizada como vía de represión del ejercicio del derecho de huelga, así como las dificultades de índole técnica y práctica que comporta la extrapolación de las normas generales de Derecho civil sobre responsabilidad contractual y aquiliana al ámbito de los conflictos colectivos de trabajo, han llevado al desuso de la acción resarcitoria, y a la consiguiente escasez de doctrina judicial en la materia - See more at: http://www.tirant.com/editorial/libro/responsabilidad-civil-por-danos-ocasionados-durante-la-huelga-francisca-ferrando-garcia-9788484423454#sthash.vYcIfxLb.dpuf
La reclamación de responsabilidad civil por daños y perjuicios derivados de la huelga es un terreno poco explorado por el legislador español y los agentes sociales. El temor de los sindicatos a que dicha acción pudiera ser utilizada como vía de represión del ejercicio del derecho de huelga, así como las dificultades de índole técnica y práctica que comporta la extrapolación de las normas generales de Derecho civil sobre responsabilidad contractual y aquiliana al ámbito de los conflictos colectivos de trabajo, han llevado al desuso de la acción resarcitoria, y a la consiguiente escasez de doctrina judicial en la materia - See more at: http://www.tirant.com/editorial/libro/responsabilidad-civil-por-danos-ocasionados-durante-la-huelga-francisca-ferrando-garcia-9788484423454#sthash.vYcIfxLb.dpuf


La reclamación de responsabilidad civil por daños y perjuicios derivados de la huelga es un terreno poco explorado por el legislador español y los agentes sociales. El temor de los sindicatos a que dicha acción pudiera ser utilizada como vía de represión del ejercicio del derecho de huelga, así como las dificultades de índole técnica y práctica que comporta la extrapolación de las normas generales de Derecho civil sobre responsabilidad contractual y aquiliana al ámbito de los conflictos colectivos de trabajo, han llevado al desuso de la acción resarcitoria, y a la consiguiente escasez de doctrina judicial en la materia - See more at: http://www.tirant.com/editorial/libro/responsabilidad-civil-por-danos-ocasionados-durante-la-huelga-francisca-ferrando-garcia-9788484423454#sthash.vYcIfxLb.dpuf
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COLEGIO TÉCNICO HUMANÍSTICO ``QUITO``

Nombre: Melany Piarpuezan
Curso: 1º de Bachillerato D
Fecha:13-06-2014
Tema: Derecho al juicio
 
DERECHO A UN JUICIO JUSTO

Toda persona tiene derecho, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones y de cualquier acusación contra ella en materia penal, esa persona también tiene la obligación de presentar información valida y que no se corrupta para así el también pueda reclamar sus derechos.

COLEGIO TECNICO HUMANISTICO EXPERIMENTAL QUITO
INFORMATICA APLICADA A LA EDUCACIÒN
NOMBRE: SANDRA CHILUISA
CURSO:    1º DE BACHILLERATO "D"
TEMA:      RESPONSABILIDADES VS DERECHOS

DERECHOA UNA JORNADA LIMITADA DE TRABAJO


Es los derechos que cada trabajador marece pues no se debe de TRABAJAR mas de 8 horas, si se trabaja toda la semana debe de haber un dia de descanso y por supuesto sus vacaciones pagadas. 

La jornada limitada es que no vas a trabajar las 24 horas. Descanso semanal. que mínimo debes de tener un día de deescanso que no tiene que ser el domingo, hay quienes descansan los jueves o los lunes y si trabajan el fin de semana como en los supermercados y los cines. y vacaciones pagadas van de acuerdo a tu antiguedad en el trabajo.